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La Facultad de Psicología informa que del martes 21 de noviembre al martes 5 de diciembre podrás realizar la inscripción para postularte como monitor de asignatura.

Recuerda que desempeñar esta función es una distinción que otorga la universidad y tiene como objetivo iniciar a los estudiantes sobresalientes en actividades relacionadas con la docencia, la investigación y la proyección social; de permitir el desarrollo de sus potencialidades y vocaciones, así como de posibilitar su contribución al desarrollo de la Institución.

Los interesados en participar en esta convocatoria, deben diligenciar el formato autorizado en la Facultad de Psicología, teniendo en cuenta lo contemplado en el reglamento académico.

Podrás ser monitor de máximo dos grupos de la misma asignatura.

Calendario de la Convocatoria:

  • Apertura Convocatoria: 21 de noviembre de 2017
  • Cierre Convocatoria: 5 de dicembre de 2017

Requisitos para ser monitor:

ARTÍCULO 91: Para ser monitor se requiere:

  1. Ser estudiante regular y encontrarse nivelado curricularmente.
  2. No haber perdido materias en los dos semestres inmediatamente anteriores a la postulación.
  3. No haber tenido sanciones disciplinarias durante su permanencia en la Facultad/Escuela.
  4. Haber obtenido una calificación igual o superior a cuarenta y cinco (45) en una escala de cero (0) a cincuenta (50) en la asignatura para la cual se postula como monitor.
  5. Haber obtenido un promedio académico acumulado igual o superior a cuarenta (40)
  6. Haber sido postulado por el docente   de la asignatura o Director de Laboratorio, ante el Director de Programa en las fechas semestrales establecidas para tal fin.
  7. Las monitorías son aprobadas por el Director del Programa.

ARTÍCULO 92: Al finalizar el período académico, el Decano autorizará la entrega del certificado de la monitoría al estudiante, previo informe presentado por el Docente o Director de Laboratorio.

ARTÍCULO 93: Los Monitores cumplirán las siguientes funciones:

  1. Brindar apoyo y asesoría a los estudiantes que se encuentren cursando la asignatura o realizando prácticas en el laboratorio.
  2. Colaborar con el profesor en la elaboración de material didáctico, guías de práctica y programación de equipos.
  3. Prestar apoyo al profesor o Director de Laboratorio en la coordinación de los trabajos en grupo.
  4. Colaborar con el docente o Director de Laboratorio en el control de asistencia de los estudiantes.

PARÁGRAFO 1: El Monitor no está autorizado para elaborar, aplicar o calificar pruebas, ni para remplazar al profesor como docente por ausencia temporal o definitiva del mismo.

PARÁGRAFO 2: Las funciones específicas de los monitores serán reglamentadas por cada Facultad/Escuela.

ARTÍCULO 94: Quienes se hayan desempeñado como Monitores tendrán derecho a los siguientes estímulos:

  1. Entrega de la Mención-Certificado por cada período académico en que ha actuado como Monitor.
  2. Exoneración de los costos de derecho de grado a quien se haya desempeñado como Monitor en al menos tres períodos académicos durante su carrera.
Publicado por Fundación Universitaria Konrad Lorenz El día 11/21/2017 Enlace permanente Comentarios (0)